Las indemnizaciones que un trabajador tiene derecho a percibir en caso de despido pueden ser de varios tipos. La más cuantiosa se produce cuando el despido es improcedente o el trabajador rescinde su contrato unilateralmente en base a una causa justa. Entonces, debe percibir 45 días de indemnización por año trabajado en caso de ser indefinido. Excepto si el contrato se acoge al plan de fomento de la contratación indefinida, que rebaja la indemnización a 33 días por año trabajado.

En caso de despido objetivo o colectivo o de extinción unilateral del contrato por parte del trabajador debido a un traslado de la empresa o a una reconocida modificación sustancial de las condiciones laborales, la cuantía a percibir es menor: de 20 días por año trabajado.

Las indemnizaciones son siempre superiores a las que existen por finalización del contrato de obra o servicio (8 días por año trabajado) o por dimisión del trabajador, mutuo acuerdo entre las partes o despido disciplinario (que no tienen indemnización).

La indemnización por despido no puede superar unos determinados límites. Cuando sea de 45 días por año trabajado, el máximo que se podrá cobrar serán 42 mensualidades; mientras que en las indemnizaciones de contratos indefinidos incentivados el límite se sitúa en las 24 mensualidades. Cuando sea de 20 días por año de servicio, la indemnización no podrá superar las 12 mensualidades.

Pero, ¿cómo se calcula? El resultado sale de multiplicar los días por año trabajado (45, 33 o 20) por el salario diario, que se calcula dividiendo por 30 los diferentes conceptos que integran el salario (base, antigüedad y plus de convenio) y sumándole el resultado de dividir el total de pagas extras entre los 365 días del año.

Según los datos difundidos por el Ministerio de Trabajo, cada vez se hacen más contratos indefinidos incentivados, es decir, con menor indemnización. En marzo, casi tres de cada cuatro nuevos contratos de trabajo se acogieron a esta medida, que se puso en marcha en la reforma laboral de 1997 y se amplió en el año 2001. Una indemnización con menor despido podría generalizarse en la próxima reforma del mercado de trabajo, según ha dado a entender el actual Gobierno en varias ocasiones.

Información elaborada por Óscar Torrico

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