Administración para la que prepara: Estatal. Ministerio de Interior.
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Requisitos:
Según la legislación vigente Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, publicado en el B.O.E. número 118, de 18 de mayo.
Ser español.
Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30.
Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Permiso de conducir de la clase que se determine en la respectiva convocatoria. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria o formación equivalente o superior.
Temario:
Ciencias jurídicas, Materias socio-culturales, Materias técnico-científicas
Pruebas selectivas:
Primera prueba (aptitud física): Esta prueba, cuya ejecución será pública, consistirá en la realización por los opositores de ejercicios físicos.
Segunda prueba (de conocimientos): Consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas del temario.
Tercera prueba (psicotécnica): Constará de dos partes
a) Tests psicotécnicos. Consistirá en la realización de uno o varios tests dirigidos a determinar la
personalidad y las aptitudes del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Podrá incluir una prueba de ortografía.
b) Entrevista personal. A partir del resultado de los tests de personalidad, se investigarán en el aspirante los factores de la misma que determine el Tribunal, el cual fijará la puntuación correspondiente a dichos factores. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».
Cuarta prueba (reconocimiento médico): Dirigida a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».
Ejercicio voluntario de idioma: Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema educativo general en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar la nota alcanzada en la segunda prueba, de los que superen ésta, hasta dos puntos.
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