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Lingüística Teórica y Aplicada

Lingüística Teórica y Aplicada

Universidad Complutense de Madrid UCM

Doctorado presencial

Madrid


Precio a consultar

Competencias

COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES BÁSICAS

CB11 - Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.

CB12 - Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.

CB13 - Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.

CB14 - Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.

CB15 - Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.

CB16 - Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.

CAPACIDADES Y DESTREZAS PERSONALES

CA01 - Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.

CA02 - Encontrar las preguntas claves que hay que responder para resolver un problema complejo.

CA03 - Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.

CA04 - Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.

CA05 - Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.

CA06 - La crítica y defensa intelectual de soluciones.

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Sedes

Localización

Fecha inicio

Madrid
Octubre 2020

Temario completo de este curso

Organización del programa SUPERVISIÓN DE TESIS

La supervisión de las tesis doctorales se regirá por las normas generales de la Universidad Complutense de Madrid. El programa facilitará la supervisión múltiple en los casos en que esté justificada académicamente la supervisión de más de un experto por la orientación interdisciplinar de la tesis. El programa cuenta con una guía de buenas prácticas que se halla en En ella se dan recomendaciones de carácter general, entre
las que se señalan que se velará por el cumplimiento de la normativa vigente, se primarán los principios de igualdad, mérito y capacidad, se garantizará la no discriminación, se valorará el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual, etc. Asimismo se hacen recomendaciones para la correcta actuación del director, el tutor, el estudiante de doctorado y otros agentes, así como para la resolución de conflictos.
Se favorecerá la supervisión múltiple cuando concurran razones de índole académica, tales como la interdisciplinariedad temática o el carácter complementario de los codirectores y se fomentará en el programa la participación de expertos internacionales, algunos de ellos ligados a los proyectos de investigación del programa de doctorado, en todo el proceso (comisiones de seguimiento, elaboración de informes previos a la presentación de la tesis y tribunales de lectura de las tesis) de supervisión de la tesis doctoral, como ya se ha venido haciendo en los informes previos a la presentación de las
tesis y en la composición de algunos tribunales de tesis, especialmente el de las que tienen mención europea (v. 1.4).SEGUIMIENTO DEL DOCTORANDOEl órgano que llevará a cabo el seguimiento del doctorando será la Comisión Académica del programa de doctorado, que estará compuesta por 6-9 miembros de los Departamentos implicados: Área de Lingüística General (Departamento de Filología Románica, Eslava y Lingüística), Departamento
de Filología Italiana, Dpto. de Filología Alemana, Dpto. De Estudios Árabes e Islámicos y Dpto. de Estudios Hebreos, Dpto. de Filología Griega e Indoeuropea, Departamento de Filología Francesa, Departamento de Filología Española I, Departamento de Filología Inglesa I. Todos los miembros de la Comisión Académica serán profesores doctores del programa de doctorado con dedicación a tiempo completo en su departamento y especialistas en las áreas de conocimiento de las líneas de investigación del programa. Los miembros serán propuestos por los Departamentos y nombrados por la Junta de Facultad de Filología. El coordinador del programa de doctorado será nombrado por el Rector. El procedimiento de asignación del tutor y del director de tesis será el descrito en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid. http:// Una vez admitido al programa de doctorado, a cada doctorando le será asignado por parte de la Comisión Académica un tutor. El tutor será un doctor con acreditada experiencia investigadora, ligado al centro que organiza el programa, a quien corresponderá velar por la relación del doctorando con la
Comisión Académica. En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del programa asignará a cada doctorando un director de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor que participe en el programa de doctorado. La Comisión Académica, oído al doctorando, director y tutor podrá modificar el nombramiento del tutor o director de un doctorando en cualquier momento
del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas. La UCM, a través de las comisiones académicas de los programas de doctorado, establecerá los mecanismos de evaluación y seguimiento, la realización de la tesis en el tiempo proyectado y los procedimientos previstos en casos de conflicto. Los aspectos que afecten a la propiedad intelectual serán regulados por la Comisión de Doctorado de la UCM. El procedimiento de control de registro de las actividades de los doctorandos y la certificación de sus datos serán los que se indican en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid Una vez matriculado en el programa, se abrirá para cada doctorando el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado de control a que se refiere el artículo 2.5 del Real Decreto 99/2011. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorado
según regule la UCM, la Escuela de Doctorado, en su caso, o la propia Comisión Académica. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado. Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa. Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM. La UCM establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante compromiso documental firmado por la Comisión Académica, el doctorando, el tutor y su director en la forma que la UCM establezca para ello. Este documento habrá de incluir un procedimiento de resolución de conflictos. También contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial así como el régimen de la cesión de los derechos de explotación que integran la propiedad intelectual e industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado y de la tesis que se realiza. Todos los aspectos referentes a cualquier forma de protección de resultados de investigación (propiedad industrial e intelectual) estarán conformes a la legislación vigente europea y nacional y a lo establecido en los estatutos de la UCM. El procedimiento para la valoración anual del plan de investigación y el registro de actividades del doctorando serán los que se indican en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid El programa de doctorado prevé la posibilidad de estancias de los doctorandos en otros centros nacionales e internacionales y favorecerá tales estancias. La realización de las estancias necesarias para la obtención de la mención internacional o el régimen de cotutela, así como las estancias de investigación en otros centros, serán programadas de forma que puedan ser realizadas tanto por los estudiantes a tiempo completo, como por los estudiantes a tiempo parcial. En el caso de estos últimos, cuyas disponibilidades personales pueden ser más limitadas, se tendrá la máxima flexibilidad, de forma que puedan realizarlas a lo largo de todo su periodo de formación doctoral. En cualquier caso, hay que recordar que la realización de estas estancias tiene carácter optativo. Para realizar estas estancias se podrá acudir a las convocatorias de becas de distintos ministerios, como el de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Becas de doctorado de otras Instituciones, como la Fundación Carolina, Préstamos para realizar estudios de Doctorado del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Ayudas Complutenses, becas de FPI vinculadas a proyectos de investigación dirigidos por profesores del programa, y, en su caso, ayudas de los Departamentos implicados. Se contempla la posibilidad de cotutelas de acuerdo con la normativa que establece la Universidad Complutense. Se fomentará que las tesis tengan mención internacional, como se ha venido haciendo hasta ahora con las menciones europeas (v. 3.1.). Estos procedimientos se ajustan a lo establecido en el artículo 11 Supervisión y seguimiento del doctorando del Real Decreto 99/2011. SUPERVISIÓN DE TESIS

La supervisión de las tesis doctorales se regirá por las normas generales de la Universidad Complutense de Madrid. El programa facilitará la supervisión múltiple en los casos en que esté justificada académicamente la supervisión de más de un experto por la orientación interdisciplinar de la tesis. El programa cuenta con una guía de buenas prácticas que se halla en En ella se dan recomendaciones de carácter general, entre
las que se señalan que se velará por el cumplimiento de la normativa vigente, se primarán los principios de igualdad, mérito y capacidad, se garantizará la no discriminación, se valorará el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual, etc. Asimismo se hacen recomendaciones para la correcta actuación del director, el tutor, el estudiante de doctorado y otros agentes, así como para la resolución de conflictos.
Se favorecerá la supervisión múltiple cuando concurran razones de índole académica, tales como la interdisciplinariedad temática o el carácter complementario de los codirectores y se fomentará en el programa la participación de expertos internacionales, algunos de ellos ligados a los proyectos de investigación del programa de doctorado, en todo el proceso (comisiones de seguimiento, elaboración de informes previos a la presentación de la tesis y tribunales de lectura de las tesis) de supervisión de la tesis doctoral, como ya se ha venido haciendo en los informes previos a la presentación de las
tesis y en la composición de algunos tribunales de tesis, especialmente el de las que tienen mención europea (v. 1.4). SUPERVISIÓN DE TESIS




SEGUIMIENTO DEL DOCTORANDOSEGUIMIENTO DEL DOCTORANDO El órgano que llevará a cabo el seguimiento del doctorando será la Comisión Académica del programa de doctorado, que estará compuesta por 6-9 miembros de los Departamentos implicados: Área de Lingüística General (Departamento de Filología Románica, Eslava y Lingüística), Departamento
de Filología Italiana, Dpto. de Filología Alemana, Dpto. De Estudios Árabes e Islámicos y Dpto. de Estudios Hebreos, Dpto. de Filología Griega e Indoeuropea, Departamento de Filología Francesa, Departamento de Filología Española I, Departamento de Filología Inglesa I.
Todos los miembros de la Comisión Académica serán profesores doctores del programa de doctorado con dedicación a tiempo completo en su departamento y especialistas en las áreas de conocimiento de las líneas de investigación del programa. Los miembros serán propuestos por los Departamentos y nombrados por la Junta de Facultad de Filología. El coordinador del programa de doctorado será nombrado por el Rector. El procedimiento de asignación del tutor y del director de tesis será el descrito en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid. http:// vez admitido al programa de doctorado, a cada doctorando le será asignado por parte de la Comisión Académica un tutor. El tutor será un doctor con acreditada experiencia investigadora, ligado al centro que organiza el programa, a quien corresponderá velar por la relación del doctorando con la
Comisión Académica. En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del programa asignará a cada doctorando un director de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor que participe en el programa de doctorado. La Comisión Académica, oído al doctorando, director y tutor podrá modificar el nombramiento del tutor o director de un doctorando en cualquier momento
del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

La UCM, a través de las comisiones académicas de los programas de doctorado, establecerá los mecanismos de evaluación y seguimiento, la realización de la tesis en el tiempo proyectado y los procedimientos previstos en casos de conflicto. Los aspectos que afecten a la propiedad intelectual serán regulados por la Comisión de Doctorado de la UCM. El procedimiento de control de registro de las actividades de los doctorandos y la certificación de sus datos serán los que se indican en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid vez matriculado en el programa, se abrirá para cada doctorando el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado de control a que se refiere el artículo 2.5 del Real Decreto 99/2011. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorado
según regule la UCM, la Escuela de Doctorado, en su caso, o la propia Comisión Académica. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado. Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa. Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.
La UCM establecerá las funciones de supervisión de los doctorandos mediante compromiso documental firmado por la Comisión Académica, el doctorando, el tutor y su director en la forma que la UCM establezca para ello. Este documento habrá de incluir un procedimiento de resolución de conflictos. También contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial así como el régimen de la cesión de los derechos de explotación que integran la propiedad intelectual e industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado y de la tesis que se realiza. Todos los aspectos referentes a cualquier forma de protección de resultados de investigación (propiedad industrial e intelectual) estarán conformes a la legislación vigente europea y nacional y a lo establecido en los estatutos de la UCM. El procedimiento para la valoración anual del plan de investigación y el registro de actividades del doctorando serán los que se indican en la normativa de la Universidad Complutense de Madrid programa de doctorado prevé la posibilidad de estancias de los doctorandos en otros centros nacionales e internacionales y favorecerá tales estancias. La realización de las estancias necesarias para la obtención de la mención internacional o el régimen de cotutela, así como las estancias de investigación en otros centros, serán programadas de forma que puedan ser realizadas tanto por los estudiantes a tiempo completo, como por los estudiantes a tiempo parcial. En el caso de estos últimos, cuyas disponibilidades personales pueden ser más limitadas, se tendrá la máxima flexibilidad, de forma que puedan realizarlas a lo largo de todo su periodo de formación doctoral. En cualquier caso, hay que recordar que la realización de estas estancias tiene carácter optativo. Para realizar estas estancias se podrá acudir a las convocatorias de becas de distintos ministerios, como el de Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Becas de doctorado de otras Instituciones, como la Fundación Carolina, Préstamos para realizar estudios de Doctorado del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Ayudas Complutenses, becas de FPI vinculadas a proyectos de investigación dirigidos por profesores del programa, y, en su caso, ayudas de los Departamentos implicados. Se contempla la posibilidad de cotutelas de acuerdo con la normativa que establece la Universidad Complutense. Se fomentará que las tesis tengan mención internacional, como se ha venido haciendo hasta ahora con las menciones europeas (v. 3.1.). Estos procedimientos se ajustan a lo establecido en el artículo 11 Supervisión y seguimiento del doctorando del Real Decreto 99/2011.
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