Novedades legislativas sobre cotizaciones a la Seguridad Social
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Estas son algunas de las principales novedades en materia de legislaci?n aparecidas recientemente. [ Mar: coeficientes reductores de la edad de jubilaci?n ] Real Decreto 2390/2004, de 30 de diciembre, sobre reducci?n de la edad m?nima para causar pensi?n de jubilaci?n en el R?gimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Se procede, en el R?gimen especial del mar, a la revisi?n y perfeccionamiento del actual sistema de coeficientes reductores de la edad m?nima para causar la pensi?n de jubilaci?n por el tiempo de trabajo realizado en determinadas actividades. [ Blanqueo de Capitales ] Real Decreto 54/2005, de 21 de enero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevenci?n del blanqueo de capitales, aprobado por Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, y otras normas de regulaci?n del sistema bancario, financiero y asegurador. La reforma operada en la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevenci?n del blanqueo de capitales, por Ley 19/2003, de 4 de julio, de r?gimen jur?dico de los movimientos de capitales y de las transacciones econ?micas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevenci?n del blanqueo de capitales, ha supuesto una notable actualizaci?n de nuestro r?gimen jur?dicoa la luz de las disposiciones de la Directiva 2001/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2001. No obstante, ciertas previsiones de la ley requieren, para su total efectividad, el adecuado desarrollo reglamentario. En consecuencia, por medio de esta disposici?n se procede a reformar el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, para adecuarlo a las novedades derivadas de la Ley 19/2003, de 4 de julio. [ Cotizaci?n 2005 ] Orden TAS/77/2005, de 18 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotizaci?n a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garant?a Salarial y Formaci?n Profesional contenidas en la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el a?o 2005. En vigor a partir del 29 de enero de 2005, con efectos desde el d?a 1, complementa la regulaci?n establecida en la Ley de Presupuestos en materia de cotizaci?n en el a?o 2005. As?, el tope m?nimo de cotizaci?n queda fijado en 598,50 euros mensuales; las bases m?nimas en el R?gimen general en 836,10, 693,60, 603,00 y 598,50 euros/mes en los grupos 1.º, 2.º, 3.º y 4.º a 7.º, respectivamente, y 19,95 euros/d?a en los grupos 8.º a 11.º; y las bases m?nimas de cotizaci?n por contingencias comunes aplicables a los contratos de trabajo a tiempo parcial en 4,19, 3,47, 3,02 y 2,98 euros/hora en los grupos 1.º, 2.º, 3.º y 4.º a 11.º, respectivamente. Las diferencias de cotizaci?n producidas por las cotizaciones ya efectuadas en lo que va de a?o pueden ser ingresadas, sin recargo, hasta el 31 de marzo de 2005. © Ediciones Deusto |
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