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| Novedades legislativas de inter?s |
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En los ?ltimos meses se han producido una serie de modificaciones legislativas que tanto empresas como particulares deben tener en cuenta. [ Consorcio de Compensaci?n de Seguros ] El Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, aprueba el texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensaci?n de Seguros. La disposici?n final primera de la Ley 34/2003, de 4 de noviembre, de modificaci?n y adaptaci?n a la normativa comunitaria de la legislaci?n de seguros privados autoriz? al Gobierno para que, en el plazo de un a?o desde su entrada en vigor, elaborase y aprobase un texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensaci?n de Seguros, contenido en el art?culo cuarto de la Ley 21/1990, de 19 de diciembre. El objetivo es adaptar el derecho espa?ol a la Directiva 88/357/CEE del Consejo de 22 de junio de 1988. [ Responsabilidad civil y seguro en la circulaci?n de veh?culos a motor ] El Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulaci?n de veh?culos a motor. Este real decreto legislativo tiene por objeto la aprobaci?n de un texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulaci?n de veh?culos a motor, que:
[ Ordenaci?n y Supervisi?n de los Seguros Privados ] El Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenaci?n y Supervisi?n de los Seguros Privados. La disposici?n final cuarta de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, autoriz? al Gobierno para que en el plazo de un a?o desde su entrada en vigor elaborase un texto refundido de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenaci?n y Supervisi?n de los Seguros Privados, y le facult? para regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de ser refundidos. Al cumplimiento del mandato contenido en esta disposici?n obedece este real decreto legislativo , que pretende ofrecer al destinatario de la norma un texto sistem?tico y unificado, comprensivo de la normativa aplicable a la ordenaci?n y supervisi?n de los seguros privados, regularizando, armonizando y aclarando, cuando as? es necesario, los textos que se refunden. [ Copa Am?rica ] El Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre, desarrolla las medidas para atender los compromisos derivados de la celebraci?n de la XXXII edici?n de la Copa del Am?rica en la ciudad de Valencia. De esta forma, se procede al desarrollo reglamentario de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, en lo relativo a, entre otras materias, requisitos, plazos, procedimiento de concesi?n y medidas de control de las bonificaciones en materia de Seguridad Social, adem?s de los procedimientos necesarios para la documentaci?n de extranjeros, incluidos los permisos de conducci?n, con ocasi?n de la Copa Am?rica. Las personas jur?dicas con un domicilio en Espa?a y constituidas con motivo de la Copa Am?rica 2007 por la entidad organizadora o los equipos participantes, gozan de una bonificaci?n del 100 por 100 en la cotizaci?n empresarial por todos los conceptos, salvo contingencias profesionales, por los trabajadores por cuenta ajena que en aqu?llas presten servicios para la realizaci?n de labores directamente relacionadas con su participaci?n que den lugar a su inclusi?n en cualquiera de los Reg?menes del sistema de Seguridad Social. Para el disfrute de las bonificaciones, de las cuotas devengadas entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2007, como m?ximo, es preciso presentar una comunicaci?n, que, cuando sea la primera, debe ir acompa?ada de una certificaci?n del Consorcio Valencia 2007, as? como encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales y en el pago de las cuotas de Seguridad Social y conceptos de recaudaci?n conjunta, en la fecha en que se efect?e la referida comunicaci?n. [ Trabajos temporales en altura ] El Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones m?nimas de seguridad y salud para la utilizaci?n por parte de los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. Se procede a la incorporaci?n al Derecho espa?ol del contenido de la Directiva 2001/45/CE, de 27 de junio, por lo que se modifica el Real Decreto 1 215/1997, de 18 de julio, as? como los Reales Decretos 486 y 1. 627/1997, y se derogan determinadas disposiciones incluidas en varias normas y referidas fundamentalmente a los andamios. Adem?s, se establecen las disposiciones relativas a la utilizaci?n de los equipos de trabajo para la realizaci?n de trabajos temporales en altura, fijando, adem?s de criterios generales, reglas espec?ficassobre la utilizaci?n de las escaleras de mano, de los andamios y de las t?cnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas. [ Convenio especial ] La Orden TAS/3862/2004, de 22 de noviembre, modifica la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el sistema de la Seguridad Social. En esta Orden se admite la posibilidad de incrementar la base de cotizaci?n de los trabajadores menores de 61 a?os, como los que ya tienen cumplida dicha edad, en el convenio especial de empresarios y trabajadores sujetos a expedientes de regulaci?n de empleo que incluyen trabajadores con 55 o m?s a?os de edad. En este mismo convenio se modifica el tipo de inter?s aplicable en los supuestos de regularizaci?n por el reintegro de cotizaciones al empresario en los casos de muerte, incapacidad permanente u ocupaci?n cotizada del trabajador. Antes la referencia era el inter?s del Banco Central Europeo, ahora el legal del dinero. Adem?s, se extiende la aplicaci?n supletoria de la regulaci?n general del convenio especial a las dem?s modalidades del mismo contempladas en la misma norma. [ Modelo 198 ] La Orden EHA/3895/2004, de 23 de noviembre, aprueba el modelo 198, as? como los dise?os f?sicos y l?gicos para la sustituci?n de sus hojas interiores por soporte directamente legible por ordenador y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentaci?n telem?tica a trav?s de Internet y por teleproceso y se modifican las ?rdenes de aprobaci?n de los modelos 193, 296 y 347. Dicho modelo fue aprobado por la Orden de 22 de diciembre de 1999, a la que deroga la actual Orden, debido a la necesaria adaptaci?n a las modificaciones introducidas por distintas disposiciones normativas. Se establecen, asimismo, los obligados a presentar dicho modelo, el objeto y contenido de la informaci?n, el plazo, formas y lugar de presentaci?n del modelo 198 e identificaci?n de los soportes directamente legibles por ordenador. Se regula tambi?n el procedimiento para su presentaci?n telem?tica a trav?s de Internet y por teleproceso. Adem?s, se modifican las ?rdenes de aprobaci?n de los modelos de declaraci?n 193 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes), 296 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta cuando el perceptor tenga la consideraci?n de no residente sin establecimiento permanente) y el modelo 347 (Declaraci?n anual de operaciones con terceros). «Modificaciones legislativas para 2005», Ediciones Deusto |
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